Cinco cambios clave de la 5ª Reforma a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2025 que debes conocer

El 22 de octubre de 2025 entró en vigor, en lo general, la Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 (y Anexos 1, 2 y 5), salvo disposiciones que establecen reglas especiales. 

Entre los cambios más importantes se encuentran los siguientes:

  1. Se agregan nuevas causales que permitirán la suspensión en los padrones de importadores (generales y de sectores específicos) y de exportadores sectoriales. Por ejemplo: extraer armas o narcóticos (según lo señalado en el artículo 193 del Código Penal Federal) cuando la autoridad aduanera lo detecte en reconocimiento o verificación; o no contar con los permisos vigentes que exige la Ley del Sector Hidrocarburos para el sector 13 “Hidrocarburos y combustibles”.

     

  2. Se amplía el número de dispositivos que los pasajeros internacionales podrán llevar en su equipaje, al pasar de uno a dos tabletas electrónicas y de un equipo a dos portátiles (laptops, notebooks u otros) para el caso de “equipos de cómputo portátiles”. Además, el límite de cigarrillos permitido para mayores de 18 años se incrementa de 10 a 20 cajetillas.

     

  3. Se unifica la franquicia para pasajeros en US $500 (o su equivalente en moneda nacional o extranjera), sin importar si la entrada al país es por vía terrestre, aérea o marítima, incluyendo compras realizadas en la franja o región fronteriza.

     

  4. Se establecen formalidades específicas para la importación temporal de mercancías destinadas a los eventos relacionados con la Copa Mundial de la FIFA 2026, así como obligaciones para la asociación que expide el Cuaderno ATA en México, y se definen las causales de cancelación de dicha autorización.

     

  5. Se precisan los criterios para la rectificación del pedimento aduanero: los importadores y exportadores podrán corregir datos tantas veces como sea necesario siempre que lo hagan antes de que el mecanismo automatizado de selección se active; una vez activado, solo podrán rectificarse errores administrativos o menores. Para ciertos supuestos será necesaria autorización previa ante la Dirección General de Operación Aduanera o la Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior.

     

Estas modificaciones forman parte de la quinta ronda de ajustes a las RGCE 2025 y tienen por objetivo actualizar el marco regulatorio aduanero-comercial ante la dinámica del comercio exterior y los retos operativos de la aduana.

FUENTES:

  1. Vega, I. (2025, 22 de octubre). Quinta reforma a las RGCE 2025: principales novedades. IDC Online. https://idconline.mx/comercio-exterior/2025/10/22/quinta-reforma-a-las-rgce-2025-principales-novedades
  2. Imagen creada con Inteligencia Artificial

ST Stratego. (2025). Anexo 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2025 — Publicación del Servicio de Administración Tributaria [Imagen]. Recuperado de https://www.stratego-st.com/publicaciones/sat-publica-el-anexo-1-de-las-rgce-2025-formatos-y-notas-explicativas-para-el-comercio-exterior/

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