Abril es el mes clave para que las personas físicas cumplan con la presentación de su declaración anual del ISR. Sin embargo, cuando el resultado de la declaración arroja impuesto a cargo, no basta con enviarla en el portal del SAT: la obligación se considera cumplida hasta que el contribuyente realiza el pago correspondiente.
De acuerdo con la regla 2.8.3.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, si al presentar la declaración anual se determina un monto por pagar, este debe cubrirse para que la obligación fiscal se tenga por cumplida en tiempo y forma. El pago puede efectuarse mediante el portal bancario del contribuyente.
El plazo para cubrir el ISR anual vence el último día de abril. Si el pago no se realiza dentro de ese periodo, el contribuyente podría generar accesorios, como actualizaciones y recargos.
Para quienes enfrentan problemas de liquidez, existe una facilidad prevista en la regla 3.17.3 de la RMISC 2026, que permite pagar el ISR anual hasta en seis parcialidades. No obstante, para acceder a este beneficio, es indispensable cubrir la primera parcialidad a más tardar el 30 de abril.
En resumen, las personas físicas que obtuvieron ISR a cargo en su declaración anual deben revisar cuidadosamente su línea de captura y efectuar el pago oportunamente, ya que enviar la declaración sin pagar no libera por completo la obligación fiscal.
FUENTE:
- Mendoza, C. (2026, 30 de abril). Fecha límite del ISR anual: Qué pasa si no le pagas al SAT hoy mismo. IDC Online. https://idconline.mx/fiscal-contable/2026/04/30/fecha-limite-del-isr-anual-que-pasa-si-no-le-pagas-al-sat-hoy-mismo
- Imagen creada con Inteligencia Artificial.
- Imagen creada con Inteligencia Artificial.