La reforma fiscal para 2026 introduce reglas más estrictas para garantizar el interés fiscal, estableciendo nuevas obligaciones para los contribuyentes al impugnar créditos fiscales ante el SAT.
A finales de diciembre de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó, dentro de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (RMF 2026), una serie de reglas administrativas que regulan detalladamente cómo debe ofrecerse la garantía del interés fiscal y el orden en que se deben utilizar las distintas modalidades de garantía.
Una de las modificaciones más relevantes es que la obligación de garantizar el interés fiscal se extiende incluso durante la substanciación del recurso de revocación, salvo para quienes presentaron ese recurso antes del 1° de enero de 2026.
En cuanto a las formas de garantía, la reforma fiscal y la RMF 2026 establecen un orden obligatorio de prelación para cubrir el interés fiscal, comenzando por el billete de depósito hasta el máximo de la capacidad económica del contribuyente, aunque no sea suficiente. Si este no alcanza, se pueden combinar otras opciones: carta de crédito, prenda o hipoteca, fianza, obligación solidaria y embargo administrativo — siempre demostrando que no fue posible utilizar una garantía anterior.
La nueva regla 2.12.4 y la ficha de trámite 60/CFF detalla la documentación que los contribuyentes deberán presentar para acreditar la imposibilidad de ofrecer cada modalidad de garantía en el orden correspondiente, tales como estados de cuenta recientes o constancias de propiedad frente a registros públicos.
Además, cuando la garantía ofrecida no siga el orden obligatorio, será necesario anexar un escrito bajo protesta de decir verdad que explique por qué esa es la única opción viable. En caso de falsedad, el SAT podrá solicitar la sustitución de la garantía.
Finalmente, los billetes de depósito deberán cumplir requisitos formales específicos, como estar emitidos a favor de la Tesorería de la Federación y contener la identificación del contribuyente y del crédito fiscal garantizado.
FUENTES:
- Ernst & Young México. (2025, diciembre). Nuevos requisitos para garantizar el interés fiscal. EY México. https://www.ey.com/es_mx/technical/tax/boletines-fiscales/nuevos-requisitos-para-garantizar-interes-fiscal
- Imagen creada con Inteligencia Artificial.
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