Suprema Corte fortalece el acceso de comunidades
indígenas a la justicia
La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció que las
comunidades indígenas pueden participar como terceras interesadas en
controversias constitucionales cuando las decisiones impugnadas puedan afectar
sus derechos. Esta calidad les permite presentar argumentos, ofrecer elementos
de defensa e intervenir directamente dentro del procedimiento judicial.
En otra resolución, la Corte invalidó disposiciones de la
legislación de Nuevo León que limitaban la consulta previa únicamente a medidas
que afectaran derechos “colectivos”. El Pleno determinó que la consulta también
debe realizarse cuando una disposición pueda afectar derechos individuales,
intereses, condiciones de vida o el entorno de las personas integrantes de
pueblos indígenas y afromexicanos. Las decisiones amplían la protección
constitucional y evitan restricciones injustificadas al derecho de consulta.
Bibliografía APA:
Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2026, 25 de agosto). La Suprema Corte garantiza el efectivo acceso a la justicia de
los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas (Comunicado
121/2026).
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