A partir del 15 de diciembre de 2025, todas las disposiciones de la conocida “Ley Silla” entraron en vigor de manera obligatoria. Con ello, los centros de trabajo en México deben cumplir plenamente con la obligación de proporcionar sillas o asientos con respaldo a las personas que desempeñan labores de pie, permitiéndoles alternar posturas durante su jornada laboral sin afectar el desarrollo de sus funciones.

Esta normativa deriva de una reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada en diciembre de 2024, cuyo objetivo principal es garantizar el derecho al descanso y proteger la salud de las personas trabajadoras, especialmente en los sectores industrial, comercial y de servicios.

Cuando por la naturaleza del puesto no sea posible colocar una silla directamente en el área de trabajo, el patrón deberá habilitar asientos cercanos y acordar con el personal los periodos y la duración de las pausas para sentarse.

Asimismo, la reforma establece la obligación de actualizar los reglamentos interiores de trabajo, incorporando reglas claras sobre el uso de sillas, los riesgos asociados a permanecer de pie por periodos prolongados y la organización de las pausas laborales.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social confirmó que estas disposiciones serán verificadas durante las inspecciones laborales a partir de 2026, como parte de las acciones para fortalecer el bienestar, la salud y las condiciones dignas en los centros de trabajo.

FUENTES:

  1. ContraRéplica. (2025, 19 de diciembre). Entran en vigor todas las disposiciones de la “Ley Silla”. ContraRéplica..
  2. Imagen creada con Inteligencia Artificial.